La acosadora de #Eunji de #Apink ha sido condenada a prisión

 



El 18 de enero, el juez Lee Yong-je, de la Sala 13 de lo Penal del Tribunal Central de Distrito de Seúl, condenó a una mujer de unos 50 años, conocida como Cho, a un año de cárcel, con suspensión de la pena durante dos años, por violar la Ley de Castigo de los Delitos de Acoso.


Además de la sentencia suspendida, se le impuso una multa de 100.000 wones y se le ordenó someterse a supervisión protectora, realizar 120 horas de servicios comunitarios y asistir a 40 horas de charlas sobre prevención de delitos de acoso.


La Sra. Cho se acercó por primera vez a Jung Eunji en marzo de 2020, enviándole un mensaje que decía: "¿Me aceptarías como tu mayordomo, tu compañero?".


En mayo del mismo año, siguió a Jung Eunji en motocicleta desde Yeouido hasta la peluquería y tienda de maquillaje de Cheongdam-dong. En abril y julio del año siguiente, la Sra. Cho cometió delitos de acoso en múltiples ocasiones acechando y esperando en el apartamento de Jung Eunji.


En julio de 2021, mientras esperaba en la residencia de Jung Eunji, la Sra. Cho recibió una advertencia de la policía para que no se acercara a Jung Eunji. Entonces envió un mensaje al representante de la agencia diciendo: "No volveré a enviar mensajes".


Sin embargo, el acoso no terminó ahí.



Tras este incidente, la Sra. Cho siguió enviando a Jung Eunji mensajes directos (DM) en Instagram y mensajes en el servicio de comunicación de pago Bubble, acosándola. En el transcurso de cinco meses, la Sra. Cho envió 544 DM de Instagram y mensajes de Bubble.


Los mensajes incluían contenidos como "Eunji, ¿me has demandado? ¿Por qué? Ahora lo único que hago es enviar mensajes". Debido a ello, Jung Eunji anunció la suspensión de su servicio Bubble en diciembre de 2021.


El tribunal declaró: "Los mensajes de la demandada excedían el nivel de expresión de apoyo, interés y afecto que un fan podría enviar a una celebridad. Aunque la víctima se uniera a Instagram y Bubble para comunicarse con el público, no puede considerarse que consintiera o permitiera ninguna forma de acercamiento o contacto."


El tribunal añadió: "A pesar de la importante conmoción mental, el dolor, la ansiedad y el miedo experimentados por la víctima, el acusado no mostró ningún remordimiento y negó el delito. La naturaleza del delito es mala".

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